Auto Supremo AS/0313/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2013

Fecha: 31-Jul-2013

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, en cuanto a la calificación

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, en cuanto a la calificación del hecho delictivo, el Tribunal de Primera Instancia, obró conforme lo previsto por el art. 329 del Código de Procedimiento Penal, que señala: “El Juicio es la fase esencial del proceso. Se realizará sobre la base de la acusación; en forma contradictoria, oral, pública y continua, para la comprobación del delito y la responsabilidad del imputado, con plenitud de jurisdicción”, este entendimiento en relación con el art. 342 del mismo Código que dispone que la base del juicio en los términos que dicen: “El juicio se podrá abrir sobre la base de la acusación del fiscal o la del querellante, indistintamente