Auto Supremo AS/0313/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2013

Fecha: 31-Jul-2013

En consecuencia, no es cierto que la Sentencia Nº 8/2007 se base en hechos inexistentes

En consecuencia, no es cierto que la Sentencia Nº 8/2007 se base en hechos inexistentes o no acreditados o en defectuosa valoración de la prueba, por el contrario, ello es el resultado de haberse probado la Acusación por parte del Ministerio Público, que resulta ser acusador, pruebas que no han sido desvirtuadas por parte de la imputada, toda vez, que si bien la carga de la prueba a la parte causadora, no es menos cierto que la procesada no se halla exenta de desvirtuar la referida Acusación