Con relación a la vulneración del artículo 55
Con relación a la vulneración del artículo 55 de la Ley General del Trabajo porque las horas extras reclamadas debieron ser concedidas conforme solicitó en su memorial de demanda, conforme señala el artículo 258. 2) del Código de Procedimiento Civil y tal cual ha establecido la amplia jurisprudencia de este alto Tribunal, el recurrente no debe limitarse al enunciado de normas, sino establecer de manera precisa y específica en qué consiste la violación, falsedad o error y especificarlo ya sea que su recurso sea presentado en la forma o en el fondo, por lo que dicho incumplimiento impide que este Tribunal aperture su competencia para resolver lo reclamado
- En grado de apelación interpuesta por ambas partes a fs
- En relación a las horas extras reclamó la vulneración del principio de inversión de la
- Por otro lado refirió que no corresponde la multa del 30% establecida por el artículo
- Concluyó solicitando casar el Auto de Vista recurrido, revocando la Sentencia Nº 094/2012 de 7
- Por su parte la demandante a fs
- Por otro lado reclamó que se vulneraron los artículos 42 del Decreto Reglamentario a la
- Asimismo indicó que el Tribunal de Alzada vulneró el artículo 55 de la Ley General
- CONSIDERANDO II: Que así planteados los recursos de
- Respecto al reclamo del bono de antigüedad, es
- En ese análisis la Juez a quo al
- No obstante lo señalado en el acápite precedente,
- Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación de fs
- Respecto al recurso de casación en el fondo
- En cuanto a la causal de la ruptura
- Con relación a la vulneración del artículo 55
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
