Auto Supremo AS/0380/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0380/2013

Fecha: 10-Jul-2013

Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación de fs

La acusación respecto a que se haya condenado al pago de la multa del 30% establecida por el Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, por cuanto dicha normativa es aplicable sólo en caso de despido, se advierte que la multa que se estableció en Sentencia y confirmada acertadamente por el Tribunal de Alzada fue en aplicación de la Resolución Ministerial 447/09 de 8 de julio de 2009 - Reglamentaria del Decreto Supremo Nº 110 de 1 de mayo de 2009 -, que prevé la referida actualización y multa procede también en caso de retiro voluntario después de más de noventa (90) días de trabajo, norma que fue oportunamente aplicada en Primera Instancia y confirmada por el Tribunal de Alzada en el presente caso.
Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación de fs. 413-414, corresponde fallar de acuerdo a las previsiones contenidas en los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del artículo 252 del Código Procesal Laboral