También la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho y que a
También la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho y que a ese efecto, el recurrente se encuentra obligado a examinar e impugnar todos y cada uno de los fundamentos de la decisión recurrida, demostrando en forma concreta y precisa, cómo, por qué y en qué forma hubieran sido violadas. Asimismo, tratándose de cuestiones de derecho, el memorial a través del cual se plantea el recurso de casación en el fondo o en la forma, debe efectuar una CRÍTICA LEGAL de la resolución impugnada, no siendo suficiente la relación de hechos ocurridos en la tramitación del proceso, aun cuando ésta incluyera cita de disposiciones legales. Es importante dejar claramente establecido que el recurso de casación no constituye y no es un medio para la resolución de una controversia entre las partes, sino una cuestión de responsabilidad entre la ley y sus infractores
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Segundo de Partido Administrativo, Coactivo
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- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 70/2009 de 6 de abril de
- Que, del referido Auto de Vista, Antonio Martín Carrasco Guzmán, en representación de El Diario
- Manifiesta que por lo anterior, se vulneró el derecho del recurrente a la seguridad jurídica,
- Concluye el memorial solicitando a este Supremo Tribunal, case el Auto de Vista recurrido y
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, para su resolución es menester realizar
- Por otra parte, manifiesta que no se valoró ni consideró el Informe Técnico ACFT Nº
- En concordancia con lo precedentemente señalado, el recurso de casación debe cumplir con los requisitos
- También la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho y que a
- En la especie, como primer argumento, el recurrente se limita a señalar la infracción del
- En el caso de autos y considerando las características y contenido del recurso deducido, es
- En virtud de lo precedentemente referido, el Sistema Judicial y la Administración de Justicia deben
- Es oportuno recordar al recurrente que el recurso extraordinario de casación en el fondo, como
- Consiguientemente, se concluye que al no haberse precisado ni especificado por el recurrente, qué norma
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso en análisis, se establece que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera
