Auto Supremo AS/0398/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0398/2013

Fecha: 02-Ago-2013

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3.- Al haberse negado valor probatorio a las fotocopias legalizadas de fs. 24 a 92 y de fs. 238 a 311, relativas a los procesos de interdicto de retener la posesión y al proceso penal por despojo, el Tribunal de Alzada habría incurrido en error de derecho por no aplicar los arts. 1320 del Código Civil y 447 –II de Código de Procedimiento Civil, normas que atribuyen valor a las presunciones judiciales graves, precisas y concordantes, que deben crear certeza en el juzgador sobre el mejor derecho de propiedad de los demandantes sobre el terreno en litigio