Auto Supremo AS/0398/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0398/2013

Fecha: 02-Ago-2013

En la forma



CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:


En la forma:
Al amparo del art. 254-7) del Código de Procedimiento Civil, los recurrentes acusaron que el Auto de Vista recurrido violó las formas esenciales del proceso; al respecto señalaron que era obligación del Tribunal Ad quem valorar la prueba producida en el proceso a los efectos de establecer si la decisión asumida por el Juez en Sentencia se encontraba conforme a derecho, obligación que no habría sido cumplida, habiéndose emitido pronunciamiento en forma arbitraria. En ese sentido acusaron la falta de valoración de la Escritura Pública cursante de fs. 763 a 769 Nº 262/81 de 28 de octubre de 1981, inscrita bajo la Ptda. Nº 1861, fojas 1861, del Libro 1º “A” el 9 de noviembre de 1891, por la que se habría demostrado la existencia de un proceso ordinario de Usucapión seguido por Federico Nielsen Reyes contra Justo Machaca, respecto a cuatro fracciones de terreno, denominados como lotes A, B, C, y D, con una extensión superficial de 14.809 m.2 ubicado en el lugar denominado Hankoloma en la zona de Calacoto de la ciudad de La Paz, la misma que haría plena fe según disposición del art. 1289 del Código Civil, que da fe sobre el acto que contienen mientras su nulidad no fuese declarada judicialmente