Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0398/2013
Fecha: 02-Ago-2013
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Auto Supremo: 398/2013
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Partes: Carolina Isabel Nielsen Reyes de Leickardt y Roberto María Nielsen Reyes Kurschner
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Proceso: Ordinario sobre mejor derecho de propiedad, reivindicación y otros
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Distrito: La Paz
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ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Contra esa Resolución de primera instancia la parte actora interpuso recurso de apelación, en cuyo
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Resolución de alzada recurrida en casación por los demandantes principales
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En la forma
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Afirman que el Tribunal de Alzada omitió valorar que el derecho de propiedad que alegan
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Acusaron que de igual forma se omitió valorar que la Escritura Pública de fs
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Igualmente señalaron que el Tribunal de Alzada omitió valorar lo fundamental de la Escritura Pública
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Manifestaron que era deber del juzgador valorar las pruebas del proceso, que en el presente
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Manifestaron que no se valoró la Escritura Pública Nº 118/94 de 28 de enero de
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En ese mismo sentido refieren la no valoración del Testimonio de fs
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Refirieron que el Tribunal Ad quem no valoró prueba referida al proceso de división y
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Igualmente reclamaron que no se valoró las fotografías de fs
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De igual manera acusan la no valoración de las fotocopias legalizadas de fs
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Refieren la no valoración del Título Ejecutorial Nº 34401 de 17 de abril de
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Que no se valoró la Escritura Pública Nº 583/81 de 12 de octubre de 1981,
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Finalmente refieren que no se valoró las publicaciones de prensa de la Alcaldía Municipal por
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En el fondo
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Refirieron que no existe ninguna Sentencia judicial que determine la invalidez de esa Escritura Pública
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Concluyendo de los antecedentes expuestos que el Título Ejecutorial Nº 34401 de 17 de abril
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En ese sentido refieren que conforme el informe de Derechos Reales de fs
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Que el certificado catastral de los hermanos Verduguez Linares fue obtenido después de haberse producido
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Por las razones expuestas solicitaron se emita Auto Supremo anulando obrados con reposición, hasta que
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FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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Establecido lo anterior corresponde precisar que según definió la S
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Se dice que el recurso de casación es extraordinario porque debe fundarse en causas taxativamente
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Los errores que dan lugar al recurso de casación pueden ser de naturaleza sustancial o
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En atención a la naturaleza del error que motiva el recurso de casación, éste puede
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Establecido lo anterior conviene precisar que el recurso de casación en la forma deducido por
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Al amparo de esa causal los recurrentes acusan la aparente falta de valoración de
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Si bien la valoración de la prueba es esencial y trascendental en la esfera del
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Aclarado lo anterior, corresponde puntualizar que en el caso que se analiza, los recurrentes
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Por las razones expuestas el recurso de casación en la forma deviene en improcedente
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De la revisión y compulsa de los antecedentes se arriba a las siguientes conclusiones
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Que al fallecimiento de su progenitor, registraron su derecho de propiedad a título sucesorio sobre
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Posteriormente como consecuencia de un proceso de división y partición entre los hermanos Carolina Isabel
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b) En base a esos antecedentes refieren que el lote de terreno de 1
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c) Los demandados y también reconventores por mejor derecho de propiedad, Elka María del Rosario,
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Establecidos los antecedentes en que ambas partes sustentan su derecho de propiedad sobre el lote
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Establecido lo anterior y habiéndose precisado el fundamento en que radica la decisión de reconocer
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Al respecto, los Tribunales de instancia establecieron correctamente que lo contenido en ese Testimonio no
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Al margen de lo manifestado habrá que precisar que el contenido del Testimonio relativo a
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Al respecto si bien las referidas documentales constituyen documentos públicos de acuerdo a los previsto
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Por su parte respecto al proceso penal por despojo, la conclusión arribada por los de
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En otras palabra no está en discusión el tracto sucesorio del derecho de propiedad de
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Respecto a la certificación catastral de los hermanos Verduguez Linares en sentido de que éstos
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Finalmente respecto a que Rosendo Choque Copari adquirió el año 1996 un inmueble de
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Se aclara que la numeración de los puntos resueltos corresponde a la forma estricta del
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Por las razones expuestas, éste Tribunal Supremo de Justicia concluye que no son evidentes
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Se regula el honorario del abogado en la suma de Bs. 1.000
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Libro Tomas de Razón: Cuarto
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