Auto Supremo AS/0489/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0489/2013

Fecha: 22-Ago-2013

Por otro lado – siempre siguiendo el orden de la expresión de agravios – debemos

Por otro lado – siempre siguiendo el orden de la expresión de agravios – debemos referirnos que, respecto a la normativa comunitaria aplicable a los miembros del Pacto Andino, debemos indicar que, la Decisión Nº 578 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) – complementaria a la Decisión Nº 40 de 1971 actualmente vigente – adopta el principio de la fuente, en este caso fuente productora, ello se halla establecido en el artículo 3.- Jurisdicción tributaria.- que establece textualmente: “Independientemente de la nacionalidad o domicilio de las personas, las rentas de cualquier naturaleza que éstas obtuvieren, sólo serán gravables en el País Miembro en el que tales rentas tengan su fuente productora, salvo los casos de excepción previstos en esta Decisión