Auto Supremo AS/0519/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0519/2013

Fecha: 29-Ago-2013

De otro lado, acusó que el Auto de Vista no valoró en su verdadera dimensión

De otro lado, acusó que el Auto de Vista no valoró en su verdadera dimensión la irrenunciabilidad e imprescriptibilidad de los derechos laborales conforme al nuevo ámbito que establece la Constitución Política del Estado de 9 de febrero de 2009 que se contrapone a lo que establecía el artículo 120 de la Ley General del Trabajo y que fue abrogado por la referida Constitución Política del Estado, cuyo artículo 48. IV, señala que los derechos laborales son imprescriptibles, resultando ilegal la aplicación efectuada por el Tribunal ad quem del aludido artículo 120 de la Ley General del Trabajo, porque el despido del actor se operó el 7 de septiembre de 2009 y la demanda data de 27 de agosto de 2009, estando plenamente dentro el ámbito de imprescriptibilidad de la nueva Constitución Política del Estado, por lo cual, no corresponde la aplicación del artículo 120 de la Ley General del Trabajo