Auto Supremo AS/0519/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0519/2013

Fecha: 29-Ago-2013

En tal sentido, los pagos efectuados en forma anterior al último periodo de trabajo se

En tal sentido, los pagos efectuados en forma anterior al último periodo de trabajo se constituyeron en definitivos, tal como se estableció en el Auto de Vista aunque con sustento en normativa inherente a contratos a plazo fijo, no siendo procedente en consecuencia la reliquidación por los 22 años, 2 meses y 7 días de trabajo como pretende el actor en base a un salario de Bs. 23.840.-, menos es evidente que el Tribunal ad quem al haber concedido el reintegro de la indemnización por 2 años, 1 mes y 7 días y del bono de antigüedad por las dos últimas gestiones, hubiese violado el artículo 13 de la Ley General del Trabajo como acusó indebidamente la parte actora, puesto que en cumplimiento estricto de dicha normativa la sociedad demandada a la finalización de cada periodo laboral canceló al actor la indemnización que le correspondía