CONSIDERANDO I:
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 472/2013
Sucre: 18 de septiembre 2013
Expediente: CH-50-13-S
Partes: Ives Bustillos Dorado c/ Olga Tejerina Ríos
Proceso: Usucapión decenal
Distrito: Chuquisaca
VISTOS: El recurso de Casación en la forma y en el fondo interpuesto por Ives Bustillo Dorado de fs. 360 a 362 y vlta., impugnando el Auto de Vista No. SCCFI-320/2013 de 17 de julio de 2013, pronunciado por la Sala Civil y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso de Usucapión decenal seguido por Ives Bustillos Dorado, contra Olga Tejerina Ríos, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitada la causa, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil de Sucre, emitió la Sentencia cursante de fojas 278 a 281 y vlta., declarando 1.- IMPROBADA la demanda de usucapión decenal o extraordinaria de fs. 16 y vuelta, subsanada a fs. 20 y vuelta de obrados. 2.-IMPROBADAS también, las excepciones perentorias de falta de acción y derecho e ilegalidad de la demanda de fs. 145 al 146 vuelta de obrados
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 472/2013
Sucre: 18 de septiembre 2013
Expediente: CH-50-13-S
Partes: Ives Bustillos Dorado c/ Olga Tejerina Ríos
Proceso: Usucapión decenal
Distrito: Chuquisaca
VISTOS: El recurso de Casación en la forma y en el fondo interpuesto por Ives Bustillo Dorado de fs. 360 a 362 y vlta., impugnando el Auto de Vista No. SCCFI-320/2013 de 17 de julio de 2013, pronunciado por la Sala Civil y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso de Usucapión decenal seguido por Ives Bustillos Dorado, contra Olga Tejerina Ríos, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitada la causa, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil de Sucre, emitió la Sentencia cursante de fojas 278 a 281 y vlta., declarando 1.- IMPROBADA la demanda de usucapión decenal o extraordinaria de fs. 16 y vuelta, subsanada a fs. 20 y vuelta de obrados. 2.-IMPROBADAS también, las excepciones perentorias de falta de acción y derecho e ilegalidad de la demanda de fs. 145 al 146 vuelta de obrados
- CONSIDERANDO I:
- Recurrida la Sentencia mediante apelación por Ives Bustillo Dorado de fs
- CONSIDERANDO II:
- 2
- Que esos argumentos, al igual que otros fueron señalados en apelación que habrían motivado la
- 1
- 3
- 4
- Concluye con el petitorio de que se anule el Auto de Vista o en su
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Ante la acusación de haberse violado los arts
- La incongruencia que refiere el recurrente en la Sentencia no resulta evidente, por ello es
- De lo anterior se colige que aun de suponer la existencia de alguna incongruencia, -que
- Consecuentemente corresponderá emitir fallo en sujeción a lo previsto por los arts
- Bajo esos antecedentes, de la revisión de todo lo obrado, el recurso de casación planteado,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Quinto
