Que esos argumentos, al igual que otros fueron señalados en apelación que habrían motivado la
Que esos argumentos, al igual que otros fueron señalados en apelación que habrían motivado la petición de anulación o nulidad de Sentencia, que hubiera sido omitido en Auto de Vista, incumpliendo con ello lo previsto por el art. 236 del Código de Procedimiento Civil así como el art. 190 de la misma norma que las acusa de violados, pidiendo nulidad del fallo de segunda instancia a fin de que se pronuncie sobre todos los puntos omitidos, apoyando su recurso en lo previsto por el art. 254-4) de la norma Adjetiva Civil
- CONSIDERANDO I:
- Recurrida la Sentencia mediante apelación por Ives Bustillo Dorado de fs
- CONSIDERANDO II:
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- Que esos argumentos, al igual que otros fueron señalados en apelación que habrían motivado la
- 1
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- Concluye con el petitorio de que se anule el Auto de Vista o en su
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Ante la acusación de haberse violado los arts
- La incongruencia que refiere el recurrente en la Sentencia no resulta evidente, por ello es
- De lo anterior se colige que aun de suponer la existencia de alguna incongruencia, -que
- Consecuentemente corresponderá emitir fallo en sujeción a lo previsto por los arts
- Bajo esos antecedentes, de la revisión de todo lo obrado, el recurso de casación planteado,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Quinto
