Auto Supremo AS/0326/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0326/2014

Fecha: 10-Nov-2014

Ahora bien, respecto al recurso de casación en el fondo (fs

Ahora bien, respecto al recurso de casación en el fondo (fs. 179 a 182), presentado por el SENASIR, esta institución señaló lo siguiente:
Que, el Auto de Vista Nº 213/2013, estableció que el SENASIR no consideró el espíritu del art. 477 del Reglamento al Código de Seguridad Social y que cualquier pago en demasía que percibió el asegurado, es de entera responsabilidad de la entidad aseguradora y no así del titular de la renta, ya que el ente gestor no demostró con prueba literal idónea que los excedentes otorgados al beneficiario sean resultado de documentos, datos o declaraciones fraudulentas, por cuanto no correspondían los descuentos determinados por la institución demandada. Al respecto, se tiene como respaldo un informe técnico auditado en base a un delicado proceso de análisis y ponderación de la documentación presentada por el asegurado