Auto Supremo AS/0326/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0326/2014

Fecha: 10-Nov-2014

En el caso concreto, del minucioso análisis del Auto de Vista Nº 213/2013 de 11

En el caso concreto, del minucioso análisis del Auto de Vista Nº 213/2013 de 11 de noviembre, se advierte que en cumplimiento del art. 63 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición de la Unidad de Recaudación, se realizó la fusión de rentas que percibía el asegurado en una sola, en la que correctamente si incluyeron todos los bonos e incrementos reconocidos por el Estado boliviano. De esta manera se procedió de acuerdo a lo establecido por el art. 45.IV de la Norma Constitucional, de que “El Estado garantiza el derecho a la jubilación, con carácter universal, solidario y equitativo”; impidiendo que el asegurado perciba dos pagos por separado, en su caso, uno de COSSMIL y el otro del SENASIR; resultando por tanto correcta la interpretación realizada por el tribunal ad quem