Auto Supremo AS/0419/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0419/2014

Fecha: 05-Nov-2014

En efecto, la Ley No 2027 en su art

En efecto, la Ley No 2027 en su art. 69.I, previene: “Los Servidores Públicos dependientes de las entidades públicas, autárquicas y descentralizadas, cuyas actividades se regulen por disposiciones legales o estatutarias singulares amparadas por la Ley General del Trabajo, que estuviesen prestando servicios en las mencionadas entidades hasta la fecha de vigencia de la presente Ley, seguirán sujetos a dicho régimen laboral”