Auto Supremo AS/0625/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0625/2014

Fecha: 05-Nov-2014

Todos estos aspectos se ponderan, y el Tribunal en pleno acuerda la pena mínima para


Por otro lado se toma en cuenta que la madre descuidó a la víctima, confió en que iba a la Iglesia, pero no averiguaba como estaba, tomando en cuenta lo manifestado por el testigo de descargo José rolando Alcón Aparicio que el Padre


de manera particular le había reclamado al acusado, porque la niña decía que él la molestaba. En juicio oral, no salió el nombre de otra niña, sólo el de la víctima y si la niña se quejó con el sacerdote, porque no se comunicó esa situación a la madre? El hecho que la madre ni la víctima vengan a declarar a juicio no desvirtúa los hechos probados, ni la responsabilidad, al contrario se entiende y se toma como molestia, pues pasaron 3 largos años para que recién llegue a juicio oral su caso, cuando en tema de menores debe darse prioridad, lo que no ha ocurrido en la etapa preparatoria.

Todos estos aspectos se ponderan, y el Tribunal en pleno acuerda la pena mínima para el acusado (…)