Por memorial presentado el 2 de junio de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 659/2014-RRC
Sucre, 20 de noviembre de 2014
Expediente : La Paz 82/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada : Lucía Ticona Gutiérrez
Delito : Falsedad Ideológica y otro
Magistrada: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de junio de 2014, cursante de fs. 610 a 612 vta., Lucía Ticona Gutiérrez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 36/2014 de 28 de abril, de fs. 603 a 607 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público e Irene Chávez de Mamani contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 659/2014-RRC
Sucre, 20 de noviembre de 2014
Expediente : La Paz 82/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada : Lucía Ticona Gutiérrez
Delito : Falsedad Ideológica y otro
Magistrada: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de junio de 2014, cursante de fs. 610 a 612 vta., Lucía Ticona Gutiérrez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 36/2014 de 28 de abril, de fs. 603 a 607 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público e Irene Chávez de Mamani contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 2 de junio de 2014, cursante de fs
- a)En mérito a las acusaciones pública (fs
- II.1. Sentencia
- verdadero pero con contenido de datos falsos, escritura utilizada por la imputada conociendo de su
- II.2. Recurso de Apelación Restringida
- Mediante recurso de apelación restringida, la imputada denunció la inobservancia y errónea aplicación de la
- II.3. Auto de Vista
- El referido recurso, fue resuelto mediante Auto de Vista 36/2014 de 28 de abril (fs
- La Constitución Política del Estado reconoce y garantiza la aplicación del debido proceso al constituirse
- Queda claro que, el ejercicio de este derecho debe enmarcarse a las disposiciones contenidas en
- III.2. Sobre el derecho a la defensa dentro de los procesos penales
- un abogado defensor y se les concede a ambos la capacidad de postulación necesaria para
- Esto significa, que dentro del proceso penal, la función defensiva le corresponde a toda persona
- En el ordenamiento interno, los arts
- En esa lógica la SC 0377/2003-R de 26 de marzo, al referirse el alcance del
- Debe agregarse que a partir de la reforma del sistema procesal penal en Bolivia, el
- Este derecho de defensa, debe encontrarse vigente durante todo el desarrollo del proceso; es decir,
- En cuanto al ofrecimiento de prueba, se tiene que el art
- Por otra parte, el art
- Vencido este plazo, se pondrá en conocimiento del imputado la acusación del fiscal y, en
- Vencido éste plazo, el tribunal dictará auto de apertura del juicio”
- III.3. Análisis del caso concreto
- Con estos antecedentes y una vez pronunciada la sentencia condenatoria 17/2013 de 5 de noviembre,
- de 2014, de fs
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
