Queda claro que, el ejercicio de este derecho debe enmarcarse a las disposiciones contenidas en
Queda claro que, el ejercicio de este derecho debe enmarcarse a las disposiciones contenidas en la norma procesal conforme dispone el art. 396.3) del CPP, cuando señala: “Los recursos se interpondrán, en las condiciones de tiempo y forma que se determina en este Código, con indicación especifica de los aspectos cuestionados de la resolución”; en ese ámbito, el recurrente tiene la obligación de dar una correcta motivación a su recurso, toda vez que el pronunciamiento sobre el recurso será en proporción a su motivación, por lo cual, el recurrente debe expresar de manera clara y jurídica lo que denuncia y lo que pretende, conforme se precisó en la Sentencia Constitucional (SC) 1306/2011 de 26 de septiembre, en los siguientes términos: "De tal manera que el accionante tiene el deber de fundamentar los agravios, para que no sólo la parte contraria pueda en todo momento refutar éstos sino también para que el Tribunal de apelación pueda resolver en total orden y coherencia los agravios denunciados en los que habría incurrido el Juez a quo"; es decir, para la procedencia de un recurso, no es suficiente que sea interpuesto dentro del plazo previsto por ley, sino debe estar debidamente motivado, ya que la resolución de alzada se circunscribirá a los agravios denunciados por el apelante; en ese sentido, éste tiene el deber de explicar de manera concreta, razonable, suficiente y de forma separada los agravios acusados en su recurso, de modo que el tribunal de alzada a momento de emitir el Auto de Vista otorgue una respuesta puntual a cada uno de los motivos alegados, a través de una resolución debidamente fundada y motivada
- Por memorial presentado el 2 de junio de 2014, cursante de fs
- a)En mérito a las acusaciones pública (fs
- II.1. Sentencia
- verdadero pero con contenido de datos falsos, escritura utilizada por la imputada conociendo de su
- II.2. Recurso de Apelación Restringida
- Mediante recurso de apelación restringida, la imputada denunció la inobservancia y errónea aplicación de la
- II.3. Auto de Vista
- El referido recurso, fue resuelto mediante Auto de Vista 36/2014 de 28 de abril (fs
- La Constitución Política del Estado reconoce y garantiza la aplicación del debido proceso al constituirse
- Queda claro que, el ejercicio de este derecho debe enmarcarse a las disposiciones contenidas en
- III.2. Sobre el derecho a la defensa dentro de los procesos penales
- un abogado defensor y se les concede a ambos la capacidad de postulación necesaria para
- Esto significa, que dentro del proceso penal, la función defensiva le corresponde a toda persona
- En el ordenamiento interno, los arts
- En esa lógica la SC 0377/2003-R de 26 de marzo, al referirse el alcance del
- Debe agregarse que a partir de la reforma del sistema procesal penal en Bolivia, el
- Este derecho de defensa, debe encontrarse vigente durante todo el desarrollo del proceso; es decir,
- En cuanto al ofrecimiento de prueba, se tiene que el art
- Por otra parte, el art
- Vencido este plazo, se pondrá en conocimiento del imputado la acusación del fiscal y, en
- Vencido éste plazo, el tribunal dictará auto de apertura del juicio”
- III.3. Análisis del caso concreto
- Con estos antecedentes y una vez pronunciada la sentencia condenatoria 17/2013 de 5 de noviembre,
- de 2014, de fs
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
