Auto Supremo AS/0662/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2014

Fecha: 06-Nov-2014

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2.Violación del art. 1309 del Código de Comercio porque el A quo no entendió la diferencia entre el contrato de línea de crédito y el contrato de préstamo, en su Sentencia afirma que se trata de un préstamo y se le trata y considera como deudor de $us.30.000 por el contrato de línea de crédito que una vez suscrito el mismo, hubiera recibido automáticamente el desembolso de dicho monto, los cuales se encontraban disponibles pero no desembolsados. El Ad quem se limitó a establecer las diferencias teóricas pero no la subsunción al caso de autos menos determinó si tenía la calidad de acreditado o de deudor