Auto Supremo AS/0662/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2014

Fecha: 06-Nov-2014

En el Fondo

En el Fondo:
a)Error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba, art. 253-3) del Código de Procedimiento Civil. El Tribunal de Alzada sostiene que por el Testimonio Nº 766/98 la demandante y el apelante obtuvieron una línea de crédito por $us.30.000 a nombre de la actora, dinero que se depositó en la cuenta corriente de aquella, deuda que no fue cancelada en las condiciones y plazos y con el transcurso del tiempo la obligación se incrementó hasta $us.62.185,43 desde el 30 de noviembre de 2001 al 7 de enero de 2008, conforme la liquidación de fs. 11, obligación que fue cubierta por la actora conforme se acredita por el memorial presentado por el Banco a fs. 10