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3.No se pronunció con relación a que no tenía la obligación de pagar $us.30.000 ni parte alguna porque no suscribió el contrato de préstamo de dinero de 30 de noviembre de 2001. Tiene derecho a recibir respuesta motivada y fundamentada que explique por qué no tiene razón en esta parte, no es suficiente, al igual que el A quo, el Ad quem simplemente diga que debo pagar pero no fundamenta de donde surge esta obligación
- Partes: Betty Camacho Arano-Peredo. c/ Jorge Antonio Vera Corvera
- Proceso: Repetición de pago
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Primero en lo Civil y
- El Tribunal de Alzada incurrió en causal de nulidad prevista en el art
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- En el Fondo
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- b)Violación del art
- En base a los mencionados antecedentes, pide anular obrados para que el Tribunal de Alzada
- Así planteada la cuestión, es necesario entrar a considerar los siguientes hechos y alegaciones de
- Se debe tener en cuenta que el objeto de los procesos es la efectividad de
- Por otro lado, respecto al desistimiento presentado por el Banco de Crédito de Bolivia, S
- En virtud a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
