Auto Supremo AS/0666/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0666/2014

Fecha: 20-Nov-2014

En este orden de ideas, un razonamiento contrario implicaría petrificar el ordenamiento jurídico, resultado


Ahora bien, es fundamental puntualizar que al igual que la jurisprudencia de las otras Altas Cortes, la doctrina legal que pronuncia este Tribunal Supremo no es rígida ni formal; todo lo contrario, su carácter es evolutivo y dinámico, con el objetivo de ser conducente y coherente con el sistema jurídico vigente, en la medida que la doctrina jurídica elaborada a través de la interpretación de ciertas normas puede haber sido útil, adecuada y necesaria en determinado momento histórico; sin embargo, su aplicación no siempre puede tener el mismo resultado en otro contexto histórico, o bajo otras circunstancias, lo que obliga mejorar, modificar, modular, esas consecuencias perniciosas o efectos que no se encuentran orientados a asegurar una justicia material.

En este orden de ideas, un razonamiento contrario implicaría petrificar el ordenamiento jurídico, resultado no querido por el orden constitucional, en el entendido que la fuerza evolutiva y dinámica de los derechos y garantías fundamentales obliga una constante reinterpretación de las leyes y de la propia jurisprudencia, precisamente para lograr la vigencia y eficacia de los derechos y garantías fundamentales y de los principios y valores supremos que proyecta la Constitución, objetivo y finalidad que no son ajenos a la doctrina legal que emite este Tribunal Supremo