Auto Supremo AS/0666/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0666/2014

Fecha: 20-Nov-2014

Una vez concluido el debate del juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal


Una vez concluido el debate del juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dictó Sentencia condenatoria contra los imputados Jorge Ramiro Ugarte Callizaya, Armando Lema Gonzáles, Juan Carlos Grágeda Soto y Sergio Manuel Oliva Castrilllo, en base a los siguientes argumentos: i) Que, los imputados Jorge Ramiro Ugarte Callizaya y Armando Lema Gonzáles, fungieron los cargos de Fiscal de Distrito y Fiscal de Materia del distrito de Tarija, durante las gestiones 2008 a 2010, respectivamente; ii) Que, el acusador particular Carlos Eduardo Vicente Martínez Paz, desde el año 2008 fue objeto de cuatro procesos penales por motivos emergentes de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos de Tarija (COSETT), cuya investigación se encontraba a cargo de los fiscales Sandra Gutiérrez y Justino Ugarte; iii) Se demostró que el 31 de julio de 2009, se reunieron el fiscal Armando Lema Gonzáles, Carlos Eduardo Vicente Martínez Paz y el abogado Sergio Manuel Oliva en la localidad de San Lorenzo para conversar temas relativos a los procesos penales de Carlos Eduardo Martínez, oportunidad en la que el fiscal Armando Lema, le insinuó que tenía poder en la fiscalía departamental y que le podría ayudar a cambio de rédito económico; iv) Que, por instrucción del entonces fiscal de distrito Jorge Ramiro Ugarte, los fiscales que estaban asignados a los procesos penales de COSETT Justino Ugarte y Sandra Gutiérrez, el 19 de agosto de 2009, fueron removidos y puestos en conocimiento de los fiscales Gilbert Muñoz y Jorge Montero; v) Que, el 26 de agosto de 2009, seis días después de haber asumido conocimiento de los casos de COSETT, es promovido al Programa Integral Anticorrupción (PIA) y sus titulares fueron reasignados a otras funciones; vi) Que, desde el momento en que los fiscales Gilbert Muñoz y Jorge Montero se hicieron cargo de los casos de COSETT, tuvieron mayor publicidad en los medios de comunicación y el Ministerio Público se dedicó a buscar la aprehensión de Carlos Eduardo Martínez, con una persecución y despliegue policial en su domicilio y en las oficinas de la Unidad PIA, participando la prensa, a llamado del Fiscal de Distrito, hasta lograr someterlo a audiencia cautelar; vii) Que, Juan Carlos Grágeda desde un teléfono de la fiscalía llamó al hermano del querellante Álvaro Martínez Paz, para sostener una reunión en las puertas de PROSALUD; una vez que el querellante obtiene la cesación de la detención preventiva, Juan Carlos Grágeda lo visita en su domicilio y le insinúa que el fiscal de distrito puede ayudarlo a cambio de la suma de $us. 400.000 (cuatrocientos mil dólares estadounidenses), logrando gravar conversaciones ocultando la grabadora bajo la venda de su herida cuando estuvo internado; es decir, Juan Carlos Grágeda se convirtió en el portavoz del fiscal de distrito; siendo una de las exigencias el cambio de sus abogados defensores por otros de una lista que proporcionó Grágeda, aspecto que fue cumplido por Carlos Eduardo Martínez Paz, quedándose sin defensa técnica, para luego ser visitado por dos abogados de la lista, César Oliva y Franz Carlos Gutiérrez; viii) Asimismo, el Ministerio Público continuó recibiendo denuncias en contra de Carlos Eduardo Martínez, expidiéndose mandamiento de aprehensión en su contra por el caso denominado “Tarjeta”, habiendo sido aprehendido en su domicilio donde guardaba detención domiciliaria; posteriormente, estando sometido a presión y habiendo obtenido varias grabaciones de conversaciones con el imputado Ramiro Ugarte, denunció ante la Fiscalía de Distrito e hizo conocer a los medios de prensa, motivo por el cual se procedió a la investigación, culminando con la Resolución de rechazo a cargo del fiscal Williams Rocha, impugnada la misma, dio lugar a la revocatoria