Auto Supremo AS/0541/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0541/2014

Fecha: 31-Dic-2014

Por otra parte, acusó la violación y errónea aplicación del art

Por otra parte, acusó la violación y errónea aplicación del art. 3 del Decreto Supremo (DS) Nº 229 de 21 de diciembre de 1944, por cuanto no correspondería que se pague la prima, siendo que el trabajador no habría prestado servicios por más de 3 meses y un mes calendario conforme establecería el art. 57 de la LGT, concordante con los arts. 3 de la Ley de 11 de junio de 1947 y 15 del DS Nº 24067 de 10 de junio de 1995, además de las pruebas de fs. 53 a 55; por lo que, el Auto de Vista, al disponer el beneficio de la prima, no habría tomado en cuenta ni considerado si YPFB, tuvo o no utilidades en la gestión 2007 y 2008