Auto Supremo AS/0720/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0720/2014

Fecha: 09-Dic-2014

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2.- De otra parte, al revocar el Auto de fs. 161 a 162, no habrían considerado las pruebas que señalan, partidas de inscripción de nacimiento que no cumplirían los requisitos del art. 195 del Código de Familia, por lo que dicen puede ser impugnado en la vía judicial, que habría diferencia entre impugnación de reconocimiento y la nulidad de partida