Auto Supremo AS/0735/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0735/2014

Fecha: 09-Dic-2014

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN


CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
De forma resumida se pasa a detallar los fundamentos de agravio que expone el recurrente:
1. Inicio de hechos ilícitos que violan el derecho a la propiedad y que no fue considerado ni por la Juez de primera instancia, ni en el Tribunal de apelación:
Acusa que el Vocal Relator Dr. Carlos Alberto Egüez Añez en la “demanda ordinaria de repetición” iniciada por Guillermo Urresti Morales en su contra, dicta el Auto de Vista Nº 183/2012 de 29 de noviembre de 2012, con ésta resolución el referido Vocal, prácticamente le regala al “demandante” Guillermo Urresti Morales, el aserradero y las 4.00 Has., de tierra, dañando la imagen de la justicia por ser lesivo a los intereses legítimos de propiedad y afecta de modo directo al orden público y las buenas costumbres, consiguientemente se trata de una acción flagrantemente ilícita, que vulnera el “principio de la causa y objeto” de un posterior contrato con el que se apropian definitivamente y gratuitamente del aserradero y las 4.00 Has., de tierra