Auto Supremo AS/0735/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0735/2014

Fecha: 09-Dic-2014

Por otra parte, si bien el recurrente denuncia que la prueba testifical no fue mencionada

Por otra parte, si bien el recurrente denuncia que la prueba testifical no fue mencionada ni tomada en cuenta, empero sobre dicho aspecto no ha hecho uso de su derecho de explicación y complementación conforme establece el art. 239 del Adjetivo Civil; tampoco individualiza error de hecho o de derecho, menos concreta el elemento probatorio que en su valoración se habría cometido error, a objeto de que éste Tribunal pueda aperturar su competencia e ingresar en el conocimiento de dicho medio de prueba, por lo que no habiéndose dado cumplimiento a las causales y requisitos de procedencia establecidos por los art. 253 y 258-2) del Código de Procedimiento Civil no se abre la competencia de éste Tribunal al respecto