Auto Supremo AS/0741/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0741/2014

Fecha: 09-Dic-2014

Las normas señaladas precedentemente orientan que la competencia de un Juez únicamente puede ampliarse en

Las normas señaladas precedentemente orientan que la competencia de un Juez únicamente puede ampliarse en virtud al territorio, en consecuencia la violación de las normas que regulan la competencia por razón de la materia, constituye una infracción al orden público que entraña la nulidad que debe ser declarada de oficio no operando al respecto los principios de convalidación ni preclusión