Auto Supremo AS/0768/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0768/2014

Fecha: 30-Dic-2014

4)Respecto al defecto previsto por el art


4)Respecto al defecto previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, los recurrentes alegaron que el Tribunal de Sentencia no aplicó correctamente el art. 173 del CPP, por cuanto la prueba “MP1”, demostraría que la supuesta víctima sufrió un asalto y así lo habría afirmado el médico forense, el certificado médico forense de 13 de mayo referiría de igual manera que la víctima fue asaltada y agredida, la “MP4” establecía fractura de los huesos de la nariz y desvío de la pirámide nasal, lo cual a decir de los apelantes no es posible hacer con un simple corte