Auto Supremo AS/0768/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0768/2014

Fecha: 30-Dic-2014

III.3. Del precedente invocado y el análisis del caso concreto


Por lo que se concluye, en base a los fundamentos expuestos precedentemente, que en toda Sentencia, el Juez o Tribunal de mérito está compelido a realizar una fundamentación probatoria intelectiva, que lo obliga a consignar las razones que en base a la valoración de la prueba, lo llevaron a concluir sobre la punibilidad o impunibilidad de la conducta del encausado; lo que garantiza por un lado, el convencimiento de las partes sobre la justicia y corrección de la decisión judicial; y por otro lado, asegura la publicidad de las razones que tuvieron los jueces de mérito al pronunciar una sentencia.

III.3. Del precedente invocado y el análisis del caso concreto