Auto Supremo AS/0768/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0768/2014

Fecha: 30-Dic-2014

De ese modo el Tribunal de alzada, con la afirmación lacónica precedentemente transcrita, reemplazó un


De ese modo el Tribunal de alzada, con la afirmación lacónica precedentemente transcrita, reemplazó un análisis crítico por una remisión genérica e incurrió en el mismo error denunciado en apelación, pues el argumento del Tribunal de alzada, no cumple con la finalidad ni el requisito de ser una resolución expresa y debidamente fundamentada; al respecto, a esta altura del análisis, es oportuno mencionar que según el escritor Orlando Rodríguez, citando a Joan Pico I Junoy, la motivación cumple las siguientes finalidades: a) Le permite controlar a la sociedad la actividad judicial y cumplir así con el de publicidad; b) Garantía intraprocesal de los derechos y libertades fundamentales de las partes; c) Logra el convencimiento de las partes sobre la justicia y corrección de la decisión judicial, eliminando la sensación de arbitrariedad y estableciendo su razonabilidad, al conocer el por qué concreto de su contenido; y, d) Les garantiza a las partes procesales la posibilidad de control de la resolución judicial interponiendo ante los tribunales superiores que conocen de los correspondientes recursos. Fines que la resolución hoy impugnada no cumple