De ese modo el Tribunal de alzada, con la afirmación lacónica precedentemente transcrita, reemplazó un
De ese modo el Tribunal de alzada, con la afirmación lacónica precedentemente transcrita, reemplazó un análisis crítico por una remisión genérica e incurrió en el mismo error denunciado en apelación, pues el argumento del Tribunal de alzada, no cumple con la finalidad ni el requisito de ser una resolución expresa y debidamente fundamentada; al respecto, a esta altura del análisis, es oportuno mencionar que según el escritor Orlando Rodríguez, citando a Joan Pico I Junoy, la motivación cumple las siguientes finalidades: a) Le permite controlar a la sociedad la actividad judicial y cumplir así con el de publicidad; b) Garantía intraprocesal de los derechos y libertades fundamentales de las partes; c) Logra el convencimiento de las partes sobre la justicia y corrección de la decisión judicial, eliminando la sensación de arbitrariedad y estableciendo su razonabilidad, al conocer el por qué concreto de su contenido; y, d) Les garantiza a las partes procesales la posibilidad de control de la resolución judicial interponiendo ante los tribunales superiores que conocen de los correspondientes recursos. Fines que la resolución hoy impugnada no cumple
- Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2014, cursante de fs
- a)Por Sentencia 003/13 de 18 de marzo de 2013 (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
- Por Sentencia 003/13 de 18 de marzo de 2013 (fs
- Contra la referida Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
- 2)Fundamentando el defecto previsto por el art
- 3)En cuanto a la supuesta existencia del defecto previsto por el inc
- 4)Respecto al defecto previsto por el art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El recurso de apelación restringida, fue resuelto por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental
- ii)En cuanto a la denuncia de falta de fundamentación de la sentencia, previsto por el
- III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- El art
- III.2.La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- Haciendo referencia a la exigencia de fundamentación de la Sentencia y su correspondiente control, este
- De manera específica la Sentencia penal que pone fin al acto de juicio debe contener
- El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
- La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir
- Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
- La referida resolución precisó que: “Una vez desarrollado el acto de juicio y agotadas las
- Sobre el control de logicidad el escritor Fernando de la Rúa, con mucho acierto expresó:
- III.3. Del precedente invocado y el análisis del caso concreto
- A tiempo de denunciar que el Tribunal de apelación no tomó en cuenta que el
- En consecuencia, corresponde que cumpliendo su función de control jurisdiccional de legalidad el Tribunal de
- Esta doctrina legal aplicable pronunciada dentro de un proceso seguido por el delito de Tráfico
- Respecto a la primera observación, en apelación restringida los recurrentes fundaron su denuncia en la
- Argumento del Tribunal de alzada, que deja en la incertidumbre tanto a la parte recurrente
- De ese modo el Tribunal de alzada, con la afirmación lacónica precedentemente transcrita, reemplazó un
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
