Por Sentencia 003/13 de 18 de marzo de 2013 (fs
I.1.2. Del motivo del recurso de casación
Del memorial de casación y del Auto Supremo 685/2014-RA de 28 de noviembre, se tiene como motivo a ser analizado, el siguiente:
Los recurrentes denuncian que el Auto de Vista impugnado no tomó en cuenta que los jueces ciudadanos fundaron su decisión condenatoria sin mencionar ninguna prueba, tampoco realizó mención alguna al voto disidente que los absolvía al no existir prueba plena e ignoraron la doctrina legal aplicable que establece que al existir sólo prueba semiplena, corresponde aplicar la sentencia absolutoria, invocando como precedente contradictorio el Auto Supremo 369/2007 de 5 de abril.
I.1.2. Petitorio
Los recurrentes solicitan que este Tribunal determine las contradicciones entre la resolución impugnada y el precedente invocado, y se deje sin efecto la Resolución impugnada.
I.2. Admisión del recurso
Por Auto Supremo 685/2014-RA de 28 de noviembre, este Tribunal declaró admisible el recurso de casación planteado por los recurrentes, únicamente para el análisis de fondo de su segundo motivo.
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
II.1. De la Sentencia.
Por Sentencia 003/13 de 18 de marzo de 2013 (fs. 1015 a 1039), el Tribunal de Sentencia de Achacachi del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a los recurrentes, autores de la comisión del delito de Lesiones Gravísimas, imponiendo la pena privativa de libertad de cinco años, más el pago de costas al Estado, daños y perjuicios a favor de la acusadora particular, siendo absueltos de la comisión de los delitos de Homicidio en grado de tentativa, Robo, Lesiones Graves y Leves, y Daño Simple; al concluir en lo sustancial que en el acontecimiento que derivó en actos reñidos con la ley, se produjo una reyerta o pelea que derivó en una lesión con marca indeleble producida y efectuada en la nariz de la víctima
- Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2014, cursante de fs
- a)Por Sentencia 003/13 de 18 de marzo de 2013 (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
- Por Sentencia 003/13 de 18 de marzo de 2013 (fs
- Contra la referida Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
- 2)Fundamentando el defecto previsto por el art
- 3)En cuanto a la supuesta existencia del defecto previsto por el inc
- 4)Respecto al defecto previsto por el art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El recurso de apelación restringida, fue resuelto por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental
- ii)En cuanto a la denuncia de falta de fundamentación de la sentencia, previsto por el
- III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- El art
- III.2.La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- Haciendo referencia a la exigencia de fundamentación de la Sentencia y su correspondiente control, este
- De manera específica la Sentencia penal que pone fin al acto de juicio debe contener
- El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
- La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir
- Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
- La referida resolución precisó que: “Una vez desarrollado el acto de juicio y agotadas las
- Sobre el control de logicidad el escritor Fernando de la Rúa, con mucho acierto expresó:
- III.3. Del precedente invocado y el análisis del caso concreto
- A tiempo de denunciar que el Tribunal de apelación no tomó en cuenta que el
- En consecuencia, corresponde que cumpliendo su función de control jurisdiccional de legalidad el Tribunal de
- Esta doctrina legal aplicable pronunciada dentro de un proceso seguido por el delito de Tráfico
- Respecto a la primera observación, en apelación restringida los recurrentes fundaron su denuncia en la
- Argumento del Tribunal de alzada, que deja en la incertidumbre tanto a la parte recurrente
- De ese modo el Tribunal de alzada, con la afirmación lacónica precedentemente transcrita, reemplazó un
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
