Contra la referida Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
II.2.Recurso de apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs. 1047 a 1052 vta.), bajo los siguientes fundamentos:
1)La Sentencia incurrió en los defectos previstos por los incs. 2), 5) y 6) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por cuanto los jueces ciudadanos a tiempo de condenarlos por el delito de lesiones, no hicieron distinción sobre la autoría, instigación y complicidad y no consideraron que: i) La víctima manifestó que las lesiones le causaron más de quince personas; ii) La víctima incurrió en contradicción ya que en primer lugar refirió que fue Félix Chuquimia quien le cortó el lóbulo de su nariz, y posteriormente habría alegado que fue Cristobal Chuquimia, por lo que no identificó plenamente al supuesto autor; iii) Los testigos de cargo en contradicción a lo referido por la víctima, manifestaron que los agresores fueron más de veinte personas, y la esposa de la víctima, quien habría estado todo el tiempo con él y los demás testigos, no vieron quien le cortó la nariz; y, iv) Los absolvieron de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, y dos jueces
ciudadanos los condenaron por el ilícito de Lesiones Gravísimas, pese a que los sujetos, los escenarios y los hechos son los mismos y con las mismas pruebas que sirvieron para su absolución por el primer delito; lo cual a decir de los recurrentes es contradictorio
- Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2014, cursante de fs
- a)Por Sentencia 003/13 de 18 de marzo de 2013 (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
- Por Sentencia 003/13 de 18 de marzo de 2013 (fs
- Contra la referida Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
- 2)Fundamentando el defecto previsto por el art
- 3)En cuanto a la supuesta existencia del defecto previsto por el inc
- 4)Respecto al defecto previsto por el art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El recurso de apelación restringida, fue resuelto por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental
- ii)En cuanto a la denuncia de falta de fundamentación de la sentencia, previsto por el
- III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- El art
- III.2.La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- Haciendo referencia a la exigencia de fundamentación de la Sentencia y su correspondiente control, este
- De manera específica la Sentencia penal que pone fin al acto de juicio debe contener
- El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
- La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir
- Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
- La referida resolución precisó que: “Una vez desarrollado el acto de juicio y agotadas las
- Sobre el control de logicidad el escritor Fernando de la Rúa, con mucho acierto expresó:
- III.3. Del precedente invocado y el análisis del caso concreto
- A tiempo de denunciar que el Tribunal de apelación no tomó en cuenta que el
- En consecuencia, corresponde que cumpliendo su función de control jurisdiccional de legalidad el Tribunal de
- Esta doctrina legal aplicable pronunciada dentro de un proceso seguido por el delito de Tráfico
- Respecto a la primera observación, en apelación restringida los recurrentes fundaron su denuncia en la
- Argumento del Tribunal de alzada, que deja en la incertidumbre tanto a la parte recurrente
- De ese modo el Tribunal de alzada, con la afirmación lacónica precedentemente transcrita, reemplazó un
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
