El recurso de apelación restringida, fue resuelto por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental
El recurso de apelación restringida, fue resuelto por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través del Auto de Vista 91/13 de 28 de octubre de 2013, que declaró improcedentes las cuestiones planteadas bajo los siguientes argumentos:
i)Resolviendo la existencia del supuesto defecto previsto por el art. 370 inc. 2) del CPP, el Tribunal de alzada, alegó: “Que, la exigibilidad de la individualización es inexcusable en cuanto a la identificación; empero en cuanto a la participación de cada uno de los identificados, deberá realizarse de acuerdo a las circunstancias de cada caso en particular y tomando en cuenta si cada uno ciertamente tenía una participación única respecto a los otros, siendo así, el juzgador deberá necesariamente exponer cuál es esa participación, hay ciertos imputados que tenían participación en el delito en las mismas circunstancias le será permitido al juez referirse a dos o más y en conjunto establecer cuál era su actuar en el hecho investigado” (sic)
- Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2014, cursante de fs
- a)Por Sentencia 003/13 de 18 de marzo de 2013 (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
- Por Sentencia 003/13 de 18 de marzo de 2013 (fs
- Contra la referida Sentencia, los imputados formularon recurso de apelación restringida (fs
- 2)Fundamentando el defecto previsto por el art
- 3)En cuanto a la supuesta existencia del defecto previsto por el inc
- 4)Respecto al defecto previsto por el art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El recurso de apelación restringida, fue resuelto por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental
- ii)En cuanto a la denuncia de falta de fundamentación de la sentencia, previsto por el
- III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- El art
- III.2.La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- Haciendo referencia a la exigencia de fundamentación de la Sentencia y su correspondiente control, este
- De manera específica la Sentencia penal que pone fin al acto de juicio debe contener
- El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
- La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir
- Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
- La referida resolución precisó que: “Una vez desarrollado el acto de juicio y agotadas las
- Sobre el control de logicidad el escritor Fernando de la Rúa, con mucho acierto expresó:
- III.3. Del precedente invocado y el análisis del caso concreto
- A tiempo de denunciar que el Tribunal de apelación no tomó en cuenta que el
- En consecuencia, corresponde que cumpliendo su función de control jurisdiccional de legalidad el Tribunal de
- Esta doctrina legal aplicable pronunciada dentro de un proceso seguido por el delito de Tráfico
- Respecto a la primera observación, en apelación restringida los recurrentes fundaron su denuncia en la
- Argumento del Tribunal de alzada, que deja en la incertidumbre tanto a la parte recurrente
- De ese modo el Tribunal de alzada, con la afirmación lacónica precedentemente transcrita, reemplazó un
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
