Auto Supremo AS/0002/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0002/2014-RRC

Fecha: 07-Feb-2014

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)En mérito a las acusaciones pública (fs. 33 a 38) y particular (fs. 44 a 47), presentadas por el Ministerio Público y Margarita Cabello Rueda, respectivamente, desarrollada la audiencia de juicio oral, concluyó con la Sentencia 1/2012 de 10 de febrero (fs. 459 a 474 vta.), pronunciada por el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró a los imputados Guery Cabrera Carballo, Roberto Arancibia Cáceres y Luis Fernando Claure Justiniano, autores del delito de Asesinato, previsto por el art. 252 incs. 2) y 3) del CP, condenándoles a cumplir la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto; y, al imputado Alcides Encinas Cossío, absuelto por el delito acusado.

b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Luis Fernando Claure Justiniano (fs. 506 a 512 vta.), Roberto Arancibia Cáceres (fs. 532 a 539) y Guery Cabrera Carballo (fs. 565 a 569 vta.) formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 10/2012 de 12 de noviembre (fs. 678 a 683 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar los recursos interpuestos, confirmando totalmente la Sentencia apelada.

c)Notificados los imputados con el referido Auto de Vista, el 19, 20 de febrero y 23 de julio de 2013, Luis Fernando Claure Justiniano (723 a 725 vta.) y Roberto Arancibia Cáceres (785 a 791), a su turno interpusieron recursos de casación, siendo objeto de análisis de la presente Resolución, únicamente el recurso interpuesto por Luis Fernando Claure Justiniano