Por memorial cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 002/2014-RRC
Sucre, 07 de febrero de 2014
Expediente: Tarija 8/2013
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Roberto Arancibia Cáceres y otros
Delito : Asesinato
Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial cursante de fs. 723 a 725 vta., Luís Fernando Claure Justiniano, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 10/2012 de 12 de noviembre, de fs. 678 a 683 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Margarita Cabello Rueda contra Roberto Arancibia Cáceres, Alcides Encinas Cossío, Luis Fernando Claure Justiniano y Guery Cabrera Carballo, por el delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 2) y 3) del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 002/2014-RRC
Sucre, 07 de febrero de 2014
Expediente: Tarija 8/2013
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Roberto Arancibia Cáceres y otros
Delito : Asesinato
Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial cursante de fs. 723 a 725 vta., Luís Fernando Claure Justiniano, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 10/2012 de 12 de noviembre, de fs. 678 a 683 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Margarita Cabello Rueda contra Roberto Arancibia Cáceres, Alcides Encinas Cossío, Luis Fernando Claure Justiniano y Guery Cabrera Carballo, por el delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 2) y 3) del Código Penal (CP)
- Por memorial cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación y del Auto Supremo 316/2013-RA de 5 de
- Como argumento adicional, también señala en el recurso, que el sistema procesal penal no admite
- Finalmente, manifiesta que la línea doctrinal sentada por el máximo Tribunal de Justicia, va en
- Mediante Auto Supremo 316/2013-RA de 5 de diciembre, este Tribunal declaró admisible el recurso de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación relacionados a la problemática señalada,
- II.2. Apelación restringida y su Resolución
- Dicho recurso, mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 10/2012 de 12 de noviembre, mediante
- El recurrente, invocó como precedentes los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004
- El Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2013, fue emitido dentro de un
- IV.1 Deber de fundamentación
- Este Tribunal, de manera reiterada se ha referido al deber de fundamentación de toda Resolución,
- IV.2 Análisis del caso concreto
- También corresponde señalar que quien pretenda se deje sin efecto una determinada resolución con la
- ii)En cuanto a la denuncia de falta de respuesta al agravio de supuesta falta de
- Al margen de que no es evidente la falta de pronunciamiento por parte del Tribunal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
