IV.1 Deber de fundamentación
IV. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El único motivo del recurso a ser analizado en el fondo está relacionado a la presunta falta de pronunciamiento por parte del Tribunal de alzada respecto a las denuncias de ilegalidad de los medios de prueba, de falta de valoración de la prueba y actividad procesal defectuosa, formuladas en apelación restringida por el imputado; en cuyo mérito, este Tribunal, antes de ingresar al análisis de caso concreto, considera pertinente efectuar una precisión en el marco legal y jurisprudencial, referida al deber de fundamentación de toda Resolución, puesto que el motivo, en el fondo se sustenta en la vulneración del derecho a obtener una Resolución debidamente fundamentada sobre los agravios expresados en apelación restringida.
IV.1 Deber de fundamentación
- Por memorial cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación y del Auto Supremo 316/2013-RA de 5 de
- Como argumento adicional, también señala en el recurso, que el sistema procesal penal no admite
- Finalmente, manifiesta que la línea doctrinal sentada por el máximo Tribunal de Justicia, va en
- Mediante Auto Supremo 316/2013-RA de 5 de diciembre, este Tribunal declaró admisible el recurso de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación relacionados a la problemática señalada,
- II.2. Apelación restringida y su Resolución
- Dicho recurso, mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 10/2012 de 12 de noviembre, mediante
- El recurrente, invocó como precedentes los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004
- El Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2013, fue emitido dentro de un
- IV.1 Deber de fundamentación
- Este Tribunal, de manera reiterada se ha referido al deber de fundamentación de toda Resolución,
- IV.2 Análisis del caso concreto
- También corresponde señalar que quien pretenda se deje sin efecto una determinada resolución con la
- ii)En cuanto a la denuncia de falta de respuesta al agravio de supuesta falta de
- Al margen de que no es evidente la falta de pronunciamiento por parte del Tribunal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
