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    Auto Supremo AS/0045/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0045/2014-RRC

    Fecha: 20-Feb-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2013, cursante de fs
    • Del recurso de casación y del Auto Supremo 334/2013-RA de 17 de diciembre, se extraen
    • 3)El tercer agravio expresado, señala que el Auto de Vista impugnado, incurrió en revalorización de
    • Agrega también, que el Auto Supremo 91 de 28 de marzo de 2006, dispone que
    • El Tribunal de alzada llega al resultado de que el juzgador de sentencia aplicó el
    • Con los argumentos supra consignados, la parte recurrente solicitó se determine “…la contradicción de la
    • Mediante Auto Supremo 310/2013-RA de 25 de noviembre, este Tribunal declaró Admisible el recurso de
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
    • ii)En cuanto a la prueba literal, consistente en comprobantes contables, algunos con la firma del
    • iii)En cuanto a la prueba de descargo, consistente en la declaración de Martín Durán, se
    • II.2. Apelación restringida y su Resolución
    • III
    • La denuncia contenida en el primer motivo, está relacionada a una supuesta vulneración del principio
    • Antes del análisis de esta denuncia, se hace necesario recordar que este Tribunal, en
    • Asimismo, respecto a la facultad de control de la debida fundamentación de la Sentencia por
    • Ahora bien, el Tribunal de apelación, en ejercicio de la competencia asignada por el art
    • Finalmente, también corresponde recordar, que es facultad del Tribunal de alzada, conforme a la competencia
    • Ingresando al análisis del agravio denunciado, el Auto de Vista impugnado, en lo que se
    • Ahora bien, el control del razonamiento del Juez realizado por el Tribunal de apelación, se
    • Asimismo, si bien el Tribunal de sentencia hizo referencia a la inexistencia de una carta
    • Además, como se tiene expresado, este argumento (intimación previa de devolución de los dineros), no
    • Por todo lo anterior, éste Tribunal no encuentra vulneración a derecho alguno del recurrente y
    • El recurrente alega que el Auto de Vista impugnado, sería carente de motivación, además de
    • Partiendo del contenido de la denuncia y tomando en cuenta que está relacionada a la
    • Consecuentemente, este Tribunal considera que las conclusiones a las que arribó el Tribunal de apelación
    • III.3. Sobre la revalorización de prueba por el Tribunal de alzada
    • A través del tercer motivo, el recurrente denuncia una presunta revalorización de la prueba por
    • 3
    • 4
    • De lo anterior se tiene que, los argumentos del recurrente resultan reiterativos y por lo
    • En definitiva, se establece que no existe contradicción entre el Auto de Vista impugnado y
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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