Auto Supremo AS/0045/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2014-RRC

Fecha: 20-Feb-2014

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente


II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente:

II.1. De la Sentencia.

Conforme consta en antecedentes, mediante Sentencia 12/2013 de 9 de mayo, el Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declara a Juan Luis Choque Armijo, absuelto de culpa y pena por el delito de apropiación indebida previsto y sancionado por el art. 345 de CP; dicha Resolución contiene la siguiente fundamentación:

i)Inicialmente, el Juez de la causa efectúa una descripción del tipo penal de apropiación indebida, sostiene que de acuerdo a la prueba testifical de cargo, se extraen las siguientes conclusiones: Existía un convenio entre la empresa Celeste Ltda. y el imputado, para el procesamiento de minerales en los años 2007 y 2008; se entregó anticipos al querellado para realizar el tratamiento de esos minerales; la empresa llevaba minerales para dicho tratamiento; el año 2008, no se entregó minerales por la caída en la cotización de minerales; no se mandó una carta notariada para pedir la restitución de dineros y no aportó elemento probatorio que acredite el delito de Apropiación Indebida, pues ninguno de los testigos estableció que los dineros entregados al imputado hayan sido para devolverlos de la misma manera, por el contrario los testigos establecieron que la entrega de dineros fue por el convenio existente; por otra parte, establecieron que ya no se entregó mineral al imputado por la baja de su cotización; tampoco se acreditó que el imputado se haya comprometido a la devolución de un monto de dinero en un plazo determinado. La Sentencia concluye que la prueba testifical resulta insuficiente para comprobar el delito denunciado