Auto Supremo AS/0033/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0033/2014

Fecha: 12-Mar-2014

La jurisprudencia nacional ha establecido a través de diversas resoluciones que “No es el nombre

La jurisprudencia nacional ha establecido a través de diversas resoluciones que “No es el nombre del contrato el que determina la relación de dependencia laboral, sino las características materiales de la prestación de servicios." Lo anterior, guarda relación con lo expresado por Mario L. Deveali, en su obra, Lineamientos de Derecho del Trabajo, p. 233, que indica: "No siempre la estipulación del contrato de trabajo coincide con la prestación del trabajo..." Dicho en otras palabras, sobre la base de la aplicación del principio de primacía de la realidad y en virtud del carácter proteccionista de las normas laborales, independientemente de la verdad formal contenida en el contrato habrá de buscarse la verdad material que informan los hechos. Confrontar al respecto, los Autos Supremos Nº 228 SSA-I de 5 de mayo de 2008, Nº 516 SSA-II de 31 de julio de 2006, Nº 120 SSA-I de 28 de abril de 2011, Nº 551 SSA-I de 28 de octubre de 2010, Nº 54 SSAL de 17 de mayo de 2012 y Nº 60 SSAL de 29 de mayo de 2012, entre otros, por lo que se concluye en virtud de lo precedentemente relacionado, que la vulneración acusada no es evidente