Auto Supremo AS/0080/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2014-RA

Fecha: 01-Abr-2014

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública (fs. 1 a 5 vta.) y la adhesión a la misma por parte del representante legal del Gobierno Municipal Autónomo de Acasio (fs. 11), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 03/2013 de 15 de octubre (fs. 121 a 131), el Tribunal de Sentencia de la población de Llallagua del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró al imputado Florencio Cuiza Nina, autor y culpable de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Contratos Lesivos al Estado, previstos y sancionados en los arts. 154 y 221 del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de seis meses de reclusión por el primer delito, y dos años de privación de libertad por el segundo; asimismo, declaró a Nicolás Mamani Véliz, autor de la comisión del delito de Incumplimiento de Deberes, previsto en el art. 154 del CP, imponiéndole la pena de seis meses de reclusión; mas el pago a ambos, de daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia a favor de la víctima