1) Mediante Sentencia 07/2012 de 13 de abril, se declaró a la imputada Ana Delia
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
Estando establecido el ámbito del análisis del recurso de casación, se identifican las siguientes actuaciones vinculadas al motivo que dio lugar a la admisión del Recurso:
1) Mediante Sentencia 07/2012 de 13 de abril, se declaró a la imputada Ana Delia Hidalgo Claros, absuelta de los delitos de Despojo, Alteración de Linderos y Perturbación de Posesión, tipificados por los arts. 351, 352 y 353, todos del CP, al concluirse en lo esencial que la imputada ingresó y tomó posesión de los terrenos mencionados como despojados en la acusación particular, por imperio de una decisión judicial emitida por una Juez que actuó con jurisdicción y competencia, lo que constituye una prueba irrefutable dentro del juicio “ya que la posesión que ostenta la imputada de los terrenos indicados, es derivada de una decisión judicial que a la fecha no ha sido impugnada y se mantiene firme, no pudiendo el suscrito juez, desconocer la calidad de esa resolución, por lo que no se puede hablar de despojo” (sic). Se agrega que no se demostró de manera alguna que se hayan cometido los delitos de alteración de linderos ni perturbación de posesión, concluyéndose que la parte querellante no probó la existencia del hecho y la responsabilidad penal de la imputada
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2013, cursante de fs
- b) Contra esta Sentencia, la representante de la UAGRM, presentó apelación restringida (fs
- c) El Auto de Vista de 19 de febrero de 2013, fue objeto de impugnación
- Del memorial del recurso de casación cursante de fs
- La parte recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido en estricto
- Por Auto Supremo 050/2014-RA de 20 de febrero de 2014 (fs
- 1) Mediante Sentencia 07/2012 de 13 de abril, se declaró a la imputada Ana Delia
- 3) Por Auto de Vista 19 de 19 de febrero de 2013, la Sala Penal
- 5) Este Tribunal Supremo, después de realizar una revisión de los antecedentes que motivaron el
- III.1. Del Auto Supremo 187/2013-RRC de 11 de julio
- El citado Auto Supremo fue emitido por este Tribunal en la presente causa, estableciendo en
- Este criterio también encuentra sustento en la propia naturaleza y finalidad del recurso de apelación
- Con base a estos criterios inviabilizan una nueva valoración de la prueba producida en juicio
- III.2. Análisis del caso concreto
- Con el propósito de establecer si el Tribunal de alzada al emitir el Auto de
- En ese ámbito, el Tribunal de alzada en el sexto considerando del Auto de Vista
- Por otra parte, el Tribunal de alzada, concluyó en la inexistencia de los defectos previstos
- Por último, el Tribunal de alzada concluyó refiriendo que al no poder realizar una nueva
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
