III.1. Del Auto Supremo 187/2013-RRC de 11 de julio
III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN
En el presente recurso la querellante denuncia que el Auto de Vista recurrido no dio cumplimiento a la doctrina legal establecida en el acápite III.1. del Auto Supremo 187/2013-RRC, en sentido de que al momento de dictar el nuevo Auto de Vista, la Sala Penal Segunda, debió circunscribirse a determinar si hubo o no el incumplimiento de normas procesales o errónea valoración de la prueba, conforme a los argumentos expuestos en el recurso de apelación restringida, disponiendo que el juez de primera instancia dicte nueva sentencia o en su defecto se realice un nuevo juicio; sin embargo, el tribunal de apelación cambió su criterio sin que exista justificación lógica como si se hubiera dado cuenta que la sentencia ya no adolecía de defectos; en cuyo mérito, a los fines de resolver el recurso corresponde precisar el entendimiento jurisprudencial asumido por este tribunal en un anterior fallo y verificar si efectivamente el Auto de Vista impugnado incurre en contradicción.
III.1. Del Auto Supremo 187/2013-RRC de 11 de julio
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2013, cursante de fs
- b) Contra esta Sentencia, la representante de la UAGRM, presentó apelación restringida (fs
- c) El Auto de Vista de 19 de febrero de 2013, fue objeto de impugnación
- Del memorial del recurso de casación cursante de fs
- La parte recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido en estricto
- Por Auto Supremo 050/2014-RA de 20 de febrero de 2014 (fs
- 1) Mediante Sentencia 07/2012 de 13 de abril, se declaró a la imputada Ana Delia
- 3) Por Auto de Vista 19 de 19 de febrero de 2013, la Sala Penal
- 5) Este Tribunal Supremo, después de realizar una revisión de los antecedentes que motivaron el
- III.1. Del Auto Supremo 187/2013-RRC de 11 de julio
- El citado Auto Supremo fue emitido por este Tribunal en la presente causa, estableciendo en
- Este criterio también encuentra sustento en la propia naturaleza y finalidad del recurso de apelación
- Con base a estos criterios inviabilizan una nueva valoración de la prueba producida en juicio
- III.2. Análisis del caso concreto
- Con el propósito de establecer si el Tribunal de alzada al emitir el Auto de
- En ese ámbito, el Tribunal de alzada en el sexto considerando del Auto de Vista
- Por otra parte, el Tribunal de alzada, concluyó en la inexistencia de los defectos previstos
- Por último, el Tribunal de alzada concluyó refiriendo que al no poder realizar una nueva
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
