Del memorial del recurso de casación cursante de fs
d) En base al Auto Supremo 187/2013-RRC, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 140 de 9 de agosto de 2013 (fs. 636 a 640 vta.), que declaró admisible y improcedente la apelación restringida interpuesta por la UAGRM, motivando la formulación de recurso de casación.
I.1.1. Motivo del recurso
Del memorial del recurso de casación cursante de fs. 791 a 794 y del Auto Supremo 050/2014-RA de 20 de febrero que lo admitió, se extrae el siguiente motivo a ser analizado en la presente Resolución:
La Universidad recurrente, reclama que el Tribunal de alzada no dio cabal cumplimiento al Auto Supremo 187/2013-RRC de 11 de julio, dictado como emergencia del anterior recurso de casación interpuesto por la imputada; por lo que éste Tribunal, consideró necesario ingresar a analizar el fondo del recurso respecto a su primer motivo, pues si bien no se invocó precedentes contradictorios, se trata de un reclamo de inobservancia a la doctrina legal establecida por este Tribunal que es de cumplimiento obligatorio, más aún tomando en cuenta que dichos razonamientos emergieron del análisis de los hechos y actuados procesales que corresponden a este proceso penal
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2013, cursante de fs
- b) Contra esta Sentencia, la representante de la UAGRM, presentó apelación restringida (fs
- c) El Auto de Vista de 19 de febrero de 2013, fue objeto de impugnación
- Del memorial del recurso de casación cursante de fs
- La parte recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido en estricto
- Por Auto Supremo 050/2014-RA de 20 de febrero de 2014 (fs
- 1) Mediante Sentencia 07/2012 de 13 de abril, se declaró a la imputada Ana Delia
- 3) Por Auto de Vista 19 de 19 de febrero de 2013, la Sala Penal
- 5) Este Tribunal Supremo, después de realizar una revisión de los antecedentes que motivaron el
- III.1. Del Auto Supremo 187/2013-RRC de 11 de julio
- El citado Auto Supremo fue emitido por este Tribunal en la presente causa, estableciendo en
- Este criterio también encuentra sustento en la propia naturaleza y finalidad del recurso de apelación
- Con base a estos criterios inviabilizan una nueva valoración de la prueba producida en juicio
- III.2. Análisis del caso concreto
- Con el propósito de establecer si el Tribunal de alzada al emitir el Auto de
- En ese ámbito, el Tribunal de alzada en el sexto considerando del Auto de Vista
- Por otra parte, el Tribunal de alzada, concluyó en la inexistencia de los defectos previstos
- Por último, el Tribunal de alzada concluyó refiriendo que al no poder realizar una nueva
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
