Auto Supremo AS/0188/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2014

Fecha: 24-Abr-2014

3)Correspondía la suspensión de obrados por fallecimiento de la codemandada Gaby Luisa Mercado Vda

3)Correspondía la suspensión de obrados por fallecimiento de la codemandada Gaby Luisa Mercado Vda. de Cuba, hasta que sus herederos o causahabientes sean citados por edictos, de acuerdo al art. 55 párrafo I del Código Procesal Civil, a dicho efecto, consta el certificado de defunción y anteriormente falleció el otro demandado aparentemente de las angustias que les causó este proceso. En lugar de anular obrados, el Ad quem debió suspender su tramitación hasta que los presuntos herederos de la codemandada sean citados con la Sentencia de primera instancia para que se apersonen y asuman defensa; al no haberlo hecho se incumplió el art. 55-I del Compilado Adjetivo, omisión que debe subsanarse en casación