Auto Supremo AS/0151/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2014

Fecha: 18-Jun-2014

Por otro lado, el principio proteccionista a

Por otro lado, el principio proteccionista a favor del trabajador ésta garantizado en el art. 3 -g) del Código Procesal del Trabajo, que dispone: “Proteccionismo, por el que los procedimientos laborales busquen la protección y la tutela de los derechos de los trabajadores”, y el -h) “Inversión de la prueba, por el que la carga de la prueba corresponde al empleador”; máxime si tomamos en cuenta que los arts. 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, obligan al empleador a desvirtuar los fundamentos de la acción, aspecto que en la especie no ocurrió, llegando al discernimiento que los juzgadores de instancia no han incurrido en errónea apreciación de las pruebas, como se advierte de los argumentos vertidos por la parte recurrente