Manifiesta que, los arts
Manifiesta que, los arts. 31 de la Constitución Política del Estado y 30 de la Ley de Organización Judicial, establecen la nulidad de los actos que ejerzan jurisdicción o potestad que no emane de la Ley y que la nulidad por falta de competencia es absoluta, mencionando a colación los Autos Supremos Nros. 463 de 29 de septiembre de 2008, 186 de 21 de abril de 2008, dictadas por la Sala Social y Administrativa Primera, 400 de 27 de marzo, 1230 de 2 de noviembre de 2006, 1151 de 10 de noviembre de 2006 y 1391 de 12 de diciembre de 2006 dictadas por la Sala Social Administrativa Segunda, resaltando que los mismos contienen idéntica jurisprudencia sostenida por la Ex - Corte Suprema, ahora Tribunal Supremo de Justicia, respecto a la incompetencia de los Jueces de Trabajo en procesos como el que se dilucida
- Partes : Constancio Huanca Tito c/ Unidad de
- CONSIDERANDO I: Que, el Juez Primero de
- En grado de Apelación interpuesto por la
- Que, contra el referido Auto de Vista,
- Cuestiona el Auto de Vista, que acredita
- Enuncia el art
- Manifiesta que, los arts
- Concluye el memorial, reiterando violación a las
- Conociendo que, el objeto de la resolución,
- A su turno el art
- Que, el art
- Bajo el contexto legal señalado “Ut supra”,
- Que, conforme ilustra la doctrina y
- Las Excepciones Previas enumeradas por el art
- En el caso de Autos, al haberse
- Que, el Tribunal de Alzada al no
- Por lo expuesto, se hace imperioso anular
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- En cumpliendo a lo previsto por
- Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 165/2014
