Que, contra el referido Auto de Vista,
Que, contra el referido Auto de Vista, el Representante Legal del Fondo Nacional de Vivienda Social, interpuso Recurso de Casación en la Forma de fs. 132 a 134 y vta., con los siguientes argumentos:
Acusa al Tribunal Ad quem de haber vulnerado los arts. 31 de la Constitución Política del Estado de 1967 y 1 del Decreto Supremo Nº 224 del 23 de agosto de 1943, Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo; 26, 30 y 152 Num. 2 de la Ley de Organización Judicial, 43 – b) del Código Procesal del Trabajo y 90 del Código de Procedimiento Civil
Acusa al Tribunal Ad quem de haber vulnerado los arts. 31 de la Constitución Política del Estado de 1967 y 1 del Decreto Supremo Nº 224 del 23 de agosto de 1943, Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo; 26, 30 y 152 Num. 2 de la Ley de Organización Judicial, 43 – b) del Código Procesal del Trabajo y 90 del Código de Procedimiento Civil
- Partes : Constancio Huanca Tito c/ Unidad de
- CONSIDERANDO I: Que, el Juez Primero de
- En grado de Apelación interpuesto por la
- Que, contra el referido Auto de Vista,
- Cuestiona el Auto de Vista, que acredita
- Enuncia el art
- Manifiesta que, los arts
- Concluye el memorial, reiterando violación a las
- Conociendo que, el objeto de la resolución,
- A su turno el art
- Que, el art
- Bajo el contexto legal señalado “Ut supra”,
- Que, conforme ilustra la doctrina y
- Las Excepciones Previas enumeradas por el art
- En el caso de Autos, al haberse
- Que, el Tribunal de Alzada al no
- Por lo expuesto, se hace imperioso anular
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- En cumpliendo a lo previsto por
- Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 165/2014
