CONSIDERANDO I: Que, el Juez Primero de
Proceso : Beneficios Sociales
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación en la Forma de fs. 132 a 134, interpuesto por Hernán Vega Oporto, en representación legal de Edilberto Arispe Camacho, Director General Ejecutivo de la Unidad de Titulación del Fondo Nacional de Vivienda Social, según consta por el Testimonio de Poder Nº 10/2009, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 21 del Distrito Judicial de La Paz, a cargo de Nazmy Jeanette Royder Yañez de fs. 128 a 131 y vta., contra el Auto de Vista Nº 69 de 22 de mayo de 2009 de fs.129, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito judicial de La Paz dentro del Proceso Social por Pago de Beneficios Sociales seguido por Constancio Huanca Tito contra el recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, pronunció la Resolución Nº 112 de 31 de octubre de 2008 de fs. 100 a 101 en el que. Declara: IMPROBADA la Excepción Previa de Incompetencia, formulada por el representante de la Unidad de Titulación del Fondo Nacional de Vivienda Social, cursante de fs. 13 a 15 de obrados, disponiendo la prosecución de la causa conforme a sus antecedentes, con las formalidades de Ley
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación en la Forma de fs. 132 a 134, interpuesto por Hernán Vega Oporto, en representación legal de Edilberto Arispe Camacho, Director General Ejecutivo de la Unidad de Titulación del Fondo Nacional de Vivienda Social, según consta por el Testimonio de Poder Nº 10/2009, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 21 del Distrito Judicial de La Paz, a cargo de Nazmy Jeanette Royder Yañez de fs. 128 a 131 y vta., contra el Auto de Vista Nº 69 de 22 de mayo de 2009 de fs.129, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito judicial de La Paz dentro del Proceso Social por Pago de Beneficios Sociales seguido por Constancio Huanca Tito contra el recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, pronunció la Resolución Nº 112 de 31 de octubre de 2008 de fs. 100 a 101 en el que. Declara: IMPROBADA la Excepción Previa de Incompetencia, formulada por el representante de la Unidad de Titulación del Fondo Nacional de Vivienda Social, cursante de fs. 13 a 15 de obrados, disponiendo la prosecución de la causa conforme a sus antecedentes, con las formalidades de Ley
- Partes : Constancio Huanca Tito c/ Unidad de
- CONSIDERANDO I: Que, el Juez Primero de
- En grado de Apelación interpuesto por la
- Que, contra el referido Auto de Vista,
- Cuestiona el Auto de Vista, que acredita
- Enuncia el art
- Manifiesta que, los arts
- Concluye el memorial, reiterando violación a las
- Conociendo que, el objeto de la resolución,
- A su turno el art
- Que, el art
- Bajo el contexto legal señalado “Ut supra”,
- Que, conforme ilustra la doctrina y
- Las Excepciones Previas enumeradas por el art
- En el caso de Autos, al haberse
- Que, el Tribunal de Alzada al no
- Por lo expuesto, se hace imperioso anular
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- En cumpliendo a lo previsto por
- Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 165/2014
